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Orden Derogada

Disposición final tercera. Titulaciones extranjeras.

Disposición final tercera de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. · BOE-A-2007-19071

Atención: Orden FOM/3200/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-04.

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