Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera de la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. · BOE-A-2003-7253
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-09.
Texto consolidado
La presente Orden entrará en vigor a los seis meses de su publicación íntegra en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, desde su publicación y hasta su entrada en vigor, las tasaciones podrán también realizarse conforme a la presente Orden.