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Ley Vigente

Disposición final tercera. Retribuciones de los Jefes de Misión.

Disposición final tercera de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. · BOE-A-1988-29563

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

Texto consolidado

Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda, previo informe de la Comisión Interministerial de Retribuciones para fijar las retribuciones de los Jefes de Misión acreditados, con carácter de residentes, ante un Estado extranjero u Organismo Internacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-01-01.

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