Disposición final tercera. Competencias de desarrollo.
Disposición final tercera de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. · BOE-A-2003-20253
Atención: Ley 32/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno y el Ministro de Ciencia y Tecnología, de acuerdo con lo previsto en esta ley y en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán dictar las normas reglamentarias que requieran el desarrollo y la aplicación de esta ley.