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Ley Vigente

Disposición final tercera. Plazo de creación del organismo autónomo previsto en el artículo 5.

Disposición final tercera de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda. · BOE-A-2015-7802

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-26.

Texto consolidado

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley deberá estar creado el organismo autónomo que aglutine a todas las sociedades y organismos que intervienen en materia de vivienda, en los términos expresados en el artículo 5.1. En el caso de que este plazo no se cumpla, podrá crearse mediante ley, a iniciativa de los grupos parlamentarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-09-26.

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