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Real Decreto-ley Vigente

Disposición final séptima. No incremento de gasto.

Disposición final séptima del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. · BOE-A-2013-7705

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-14.

Texto consolidado

La creación de los registros contemplados en el presente real decreto-ley no supondrá incremento del gasto público, y los gastos derivados de su funcionamiento se imputarán al presupuesto de gasto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo al que se adscriben.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-07-14.

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