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Ley Vigente

Disposición final séptima. Desarrollo reglamentario del principio de prioridad nacional.

Disposición final séptima de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-3489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-08-11.

Texto consolidado

El Consell aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para desarrollar las condiciones de acceso a todas las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas inspiradas en el principio de prioridad nacional, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantengan un arraigo real, duradero y verificable en la Comunitat Valenciana, con el objetivo de asegurar la vinculación efectiva y estable del solicitante con el territorio.

El desarrollo reglamentario contemplará, en todo caso, el establecimiento de un período mínimo reforzado de arraigo, empadronamiento y vinculación con el territorio; la vinculación del acceso a las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas a la trayectoria de cotización, permanencia y contribución al sostenimiento del sistema, así como la exclusión del acceso a las prestaciones y servicios sociales de carácter estructural de las personas que se encuentren en situación administrativa irregular, limitando su acceso exclusivamente a los supuestos de urgencia vital que procedan conforme al ordenamiento jurídico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-08-11.

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