Disposición final séptima. Periodo de producción media de especies forestales.
Disposición final séptima de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears. · BOE-A-2015-951
Atención: Ley 12/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De conformidad con la disposición adicional cuarta de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio, el consejero competente en materia de montes establecerá mediante resolución los períodos de producción media de las especies forestales de las Illes Balears con aprovechamiento maderable.