Disposición final segunda. Habilitación para la modificación formal de los anexos del presente real decreto.
Disposición final segunda del Real Decreto 988/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el régimen jurídico de la obligación de financiación anticipada de determinadas obras audiovisuales europeas. · BOE-A-2015-12053
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-08.
Texto consolidado
Se habilita al titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para modificar por resolución el contenido de los anexos de este real decreto, previo informe preceptivo y no vinculante de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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