Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.
Disposición final segunda del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2006-12687
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-15.
Texto consolidado
Corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de lo que dispongan las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.
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