Disposición final segunda.
Disposición final segunda del Real Decreto 646/1992, de 12 de junio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal aplicables a los productos cárnicos importados de países terceros. · BOE-A-1992-17186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-07-23.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».