Disposición final segunda.
Disposición final segunda del Real Decreto 280/1988, de 18 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de Agrupaciones de Productores y sus Uniones en el sector agrario conforme al Reglamento (CEE) número 1.360/1978 del Consejo, de 19 de junio de 1978. · BOE-A-1988-8456
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-04-03.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».