Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda del Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial. · BOE-A-2004-17826
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-10-17.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para adoptar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo que en este real decreto se establece y, en particular, para la modificación de los requisitos de la reproducción gráfica del diseño especificados en el anexo.