Disposición final segunda. Título competencial.
Disposición final segunda del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social. · BOE-A-2007-19968
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-22.
Texto consolidado
1. Este real decreto se dicta al amparo de las reglas 1.ª y 21.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que reservan al Estado, respectivamente, competencias para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y en materia de telecomunicaciones.
2. Los artículos 5 y 8 del reglamento anexo al presente real decreto tienen el carácter de legislación básica sobre el régimen jurídico de las administraciones públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.18.ª de la Constitución.
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