Disposición final primera. Financiación.
Disposición final primera del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social. · BOE-A-2007-19968
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-22.
Texto consolidado
Las medidas previstas en el presente real decreto, serán financiadas con cargo a los créditos ordinarios de los correspondientes departamentos y organismos públicos competentes.
Más artículos de Real Decreto 1494/2007
- ← Disposición transitoria única. Plazos.
- → Disposición final segunda. Título competencial.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.