Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda del Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas. · BOE-A-1996-3691
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-20.
Texto consolidado
El presente Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».