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Real Decreto Vigente

Disposición final primera. Facultades de desarrollo y aplicación.

Disposición final primera del Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas. · BOE-A-1996-3691

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-20.

Texto consolidado

Se faculta al Ministro de Trabajo y Seguridad Social para dictar las disposiciones de carácter general que sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-05-20.

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