Disposición final segunda.
Disposición final segunda del Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo, por el que se modifican diversos aspectos en la normativa vigente en materia de invalidez permanente en la Seguridad Social. · BOE-A-1984-12729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-06-08.
Texto consolidado
Por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Sanidad y Consumo se procederá a la normalización de los informes y dictámenes médicos a que se refiere el artículo 3.º, y de las propuestas a que se refiere el artículo 6.º, ambos del Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre.