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Ley Foral Derogada

Disposición final segunda. Legislación supletoria.

Disposición final segunda de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1

Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En materia de asistencia social, en todo lo no previsto en la presente Ley Foral y legislación foral aplicable, será de aplicación supletoria la legislación del Estado.

2. En materia de derecho civil foral, se estará a lo dispuesto en la Ley 2 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-03.

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