Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
Disposición final segunda de la Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña. · BOE-A-2007-15212
Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, debe dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para su desarrollo.