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Ley Vigente

Disposición final segunda. Modificación de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Disposición final segunda de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia. · BOE-A-2019-13518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-15.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 21 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, el cual queda redactado como sigue:

«Artículo 21. Uso de medios electrónicos.

1. Los órganos colegiados desarrollarán su actividad en un entorno digital. La constitución de dichos órganos colegiados así como las comunicaciones y la adopción de acuerdos se realizarán preferentemente por medios electrónicos, según lo establecido en la normativa básica sobre órganos colegiados contemplada en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. De acuerdo con el artículo 17.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, salvo que no resultara posible, las convocatorias serán remitidas a los miembros del órgano colegiado a través de medios electrónicos en los términos previstos en dicho precepto.

3. Los órganos colegiados podrán celebrar sesiones mediante videoconferencia u otros medios electrónicos válidos a estos efectos con arreglo a lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

4. Las actas de las sesiones de los órganos colegiados y los certificados de los acuerdos constarán en documentos firmados electrónicamente por las personas que ostenten la secretaría, la presidencia, o ambas, según corresponda, y quedarán archivadas electrónicamente en el Archivo electrónico administrativo de la Xunta de Galicia, con todas las garantías adecuadas para su autenticidad y conservación. Para la firma electrónica se utilizarán los sistemas previstos en el artículo 73 de la Ley reguladora de la administración digital de Galicia.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-08-15.

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