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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario de las disposiciones en materia de ordenación y gestión del litoral.

Disposición final segunda de la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. · BOE-A-2012-3414

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-03.

Texto consolidado

(Derogada)

Téngase en cuenta que esta disposición se deroga desde el 3 de septiembre de 2020 por la disposición derogatoria.a) de la Ley 8/2020, de 30 de julio. Ref. BOE-A-2020-9553#dd, según dermina su disposición final 2:

Redacción anterior:

"Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario de las disposiciones en materia de ordenación y gestión del litoral.

Corresponde al Gobierno dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la aplicación de la disposición adicional sexta."#dd

Esta derogación tiene efectos desde 3 de septiembre de 2020 según establece la disposición final 2 de la cieta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-09-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 8/2020, de 30 de julio, de protección y ordenación del litoral..

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