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Ley Vigente

Disposición final segunda. Fecha de la efectividad de la atribución.

Disposición final segunda de la Ley 3/1996, de 29 de noviembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de ordenación turística. · BOE-A-1997-3984

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-22.

Texto consolidado

Para dar cumplimiento a lo que regula el artículo 22.h) de la Ley 5/1989, de 13 de abril, de consejos insulares, se establece el día 1 de enero de 1997 como fecha de efectividad de la atribución de competencias en concepto de propias que dispone la presente ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-12-22.

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