Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la protección y regulación de la fauna y flora silvestres en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1991-10363
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-05.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un año, dictará las disposiciones reglamentarias que fueran precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.