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Ley Vigente

Disposición final segunda. Referencias normativas.

Disposición final segunda de la Ley 10/2013, de 16 de diciembre, de medidas urgentes en materia de Vivienda. · BOE-A-2014-375

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-21.

Texto consolidado

1. Las referencias a la «calificación provisional» de las viviendas de protección pública que se contengan en los preceptos de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, que no son objeto de modificación en esta Ley, así como en la restante normativa de la Comunidad de Castilla y León, se entenderán hechas a la «calificación» de las viviendas de protección pública regulada en el artículo 53 de la citada Ley 9/2010, de 30 de agosto, en la redacción dada por esta Ley.

2. Las referencias a la «calificación definitiva» de las viviendas de protección pública que se contengan en los preceptos de la Ley 9/2010, de 30 de agosto, que no son objeto de modificación en esta Ley, así como en la restante normativa de la Comunidad de Castilla y León, se entenderán hechas a la licencia de primera ocupación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-12-21.

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