Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística. · BOE-A-1998-2989
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-29.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de la Generalidad a dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para desarrollar y aplicar la presente Ley.