Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 1/1996, de 27 de junio, de Cámaras Agrarias de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1996-19263
Atención: Ley 1/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».