Disposición final quinta. Plan estratégico de las Illes Balears.
Disposición final quinta de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-18.
Texto consolidado
El primer plan estratégico de servicios sociales de las Illes Balears será presentado por el consejero o la consejera competente en materia de servicios sociales al Consejo de Gobierno para su aprobación en el plazo de dieciocho meses desde que se apruebe esta ley, y se presentará al Parlamento inmediatamente para que se pronuncie sobre él. Incluirá preceptivamente el plan de calidad del Gobierno de las Illes Balears.