Disposición final primera.
Disposición final primera de la Orden de 9 de enero de 1997 sobre gestión y funcionamiento del Registro de Prestaciones Sociales Públicas. · BOE-A-1997-1287
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-25.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta Orden, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, previa consulta con los organismos, entidades y empresas afectadas, dictará Resolución por la que se determinará la estructura básica del Registro, el procedimiento para el suministro y actualización de los datos de identificación, así como las restantes medidas aplicativas para el buen funcionamiento del Registro.