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Orden Derogada

Disposición final primera. Facultad de desarrollo.

Disposición final primera de la Orden de 25 de marzo de 1998 por la que se regula la pesca especializada de especies demersales y especies profundas con artes de palangre de fondo en aguas de otros Estados miembros de la Unión Europea. · BOE-A-1998-8125

Atención: BOE-A-1998-8125 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se faculta al Secretario General de Pesca Marítima para adoptar las medidas precisas para la aplicación y desarrollo de la presente Orden, y en particular, para adaptar el contenido de sus anexos 2 y 3 a la normativa comunitaria que pudiera establecerse.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-04-07.

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