Disposición final primera. Financiación.
Disposición final primera de la Orden de 10 de diciembre de 1998 por la que se establecen las condiciones necesarias para la realización de controles fitosanitarios en los Puestos de Inspección Fronterizos, aplicados a vegetales, productos vegetales u otros objetos procedentes de terceros países. · BOE-A-1998-28693
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-13.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Ministerio de Administraciones Públicas se adoptarán las medidas presupuestarias oportunas para la financiación de los medios técnicos y el equipamiento que se prevén en el anexo de la presente Orden.
Más artículos de BOE-A-1998-28693
- ← Artículo único.
- → Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden de 10 de diciembre de 1998 por la que se establecen las condiciones necesarias para la realización de controles fitosanitarios en los Puestos de Inspección Fronterizos, aplicados a vegetales, productos vegetales u otros objetos procedentes de terceros países.