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Ley Orgánica Vigente

Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Disposición final primera de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado. · BOE-A-1995-12095

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-11-23.

Texto consolidado

1. La letra c) del apartado 3 del artículo 73 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, cuyo actual contenido pasa a ser la letra d) del mismo apartado, queda redactada en los siguientes términos:

«c) El conocimiento de los recursos de apelación en los casos previstos por las leyes.»

2. El apartado 2 del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, queda redactado en los siguientes términos:

«2. La composición y competencia del Jurado es la regulada en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-11-23.

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