Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1987-2164
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-01-06.
Texto consolidado
En lo no previsto en esta Ley será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/ 1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, con las actuaciones que sean precisas, derivadas del carácter y ámbito de las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha.