Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2012-2681
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-11-26.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco para dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución de lo establecido en la presente Ley, y para distribuir entre sus Órganos las facultades que en la misma se le atribuyen.