Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia.
Disposición final primera de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. · BOE-A-2016-3191
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-19.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia, quedando redactado en los siguientes términos:
«4. Corresponde al Instituto de Estudios del Territorio la elaboración de los catálogos del paisaje, en los cuales se tendrán en consideración otros catálogos existentes referidos a la materia paisajística.»