Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 2/2008, de 6 de mayo, por la que se desarrolla la libre prestación de servicios de transporte marítimo de personas en aguas interiores de Galicia. · BOE-A-2008-9608
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-08-12.
Texto consolidado
Se habilita al Consello da Xunta para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en la presente ley.