Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/1995, de 8 de marzo, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia.
Disposición final primera de la Ley 2/2007, de 12 de marzo, de Pesca Marítima y Acuicultura de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12492
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-12.
Texto consolidado
Se modifica el apartado f) del punto 2.3. del anexo 1 de la Ley 1/1995, de 8 de marzo (LRM 1995, 78), de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia, que queda redactado de la siguiente forma:
«f) Instalaciones de cultivos marinos, tanto las situadas en tierra firme como en el medio acuático, a excepción de aquellas que se ubiquen dentro de un polígono de cultivos marinos».