Disposición final primera.
Disposición final primera de la Ley 2/1983, de 9 de marzo, de Alta Montaña. · BOE-A-1983-9111
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-04-05.
Texto consolidado
En todo lo que signifique un nuevo gasto público, la aplicación de esta Ley empezará en el ejercicio presupuestario de 1983.