Disposición final cuarta. Habilitación para modificar bloques de frecuencia.
Disposición final cuarta del Real Decreto 958/2026, de 4 de noviembre, por el que se adoptan medidas de impulso de la tecnología DAB+ en el servicio de radiodifusión sonora digital terrestre. · BOE-A-2026-23177
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-02-06.
Texto consolidado
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales para modificar los bloques de frecuencias establecidos en el Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre, teniendo en cuenta las limitaciones derivadas de la disponibilidad del dominio público radioeléctrico y de la coordinación internacional de frecuencias.
Más artículos de Real Decreto 958/2026
- ← Disposición final tercera. Modificación del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicacione…
- → Disposición final quinta. Desarrollo reglamentario y aplicación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 958/2026, de 4 de noviembre, por el que se adoptan medidas de impulso de la tecnología DAB+ en el servicio de radiodifusión sonora digital terrestre.