Disposición final cuarta. Desarrollo normativo.
Disposición final cuarta del Real Decreto 647/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética. · BOE-A-2011-8910
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-24.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para dictar, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones de desarrollo que resulten indispensables para asegurar la adecuada aplicación de este real decreto.
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