Disposición final cuarta. Medidas de mejora de la calidad de la formación.
Disposición final cuarta del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. · BOE-A-2021-6624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-25.
Texto consolidado
Por orden del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se podrán establecer indicadores de calidad en la formación de conductores, que podrán incluir la obligación de que los alumnos realicen evaluaciones de la formación impartida y de los profesores, la posibilidad de realizar pruebas aleatorias en los cursos de formación continua para evaluar la formación impartida por parte del centro, así como la posibilidad de recabar información relativa al funcionamiento de las empresas CAP con el fin de evaluar adecuadamente el impacto de la regulación relativa a los requisitos para obtener la cualificación inicial y la formación continua del conductor e información sobre el nivel formativo de los conductores y otros aspectos relacionados con su profesión, entre otros indicadores.
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