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Real Decreto Vigente

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Disposición final cuarta del Real Decreto 1039/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el derecho de los interesados para instar la intervención de registrador sustituto. · BOE-A-2003-15476

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-03.

Texto consolidado

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-08-03.

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