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Ley Vigente

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Disposición final cuarta de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. · BOE-A-2021-8880

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-05-20.

Texto consolidado

1. La presente ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», con excepción de lo dispuesto en los apartados siguientes.

2. El artículo 10 y el capítulo III del título VI lo harán en el momento que entren en vigor las disposiciones reglamentarias que los desarrollen, siendo aplicables hasta entonces las disposiciones vigentes que no se opongan a lo establecido en el resto de la presente ley y en el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

3. Las previsiones contenidas en esta ley, relativas a la acreditación de los niveles de conocimiento lingüístico entrarán en vigor cuando se apruebe el reglamento previsto en el apartado segundo de la disposición final tercera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-05-20.

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