Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía.
Disposición final cuarta de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, audiovisual de Andalucía. · BOE-A-2018-15240
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-10-17.
Texto consolidado
Se modifica la disposición adicional única de la Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional única. Formulación de la Estrategia andaluza para el impulso de la industria cinematográfica y de la producción audiovisual.
1. La Estrategia andaluza para el impulso de la industria cinematográfica y de la producción audiovisual deberá formularse en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la Ley Audiovisual de Andalucía.
2. La comisión de seguimiento de dicha estrategia, prevista en el artículo 12 de la Ley del Cine de Andalucía, se creará en un plazo máximo de tres meses desde la puesta en marcha de la misma.»