Disposición final cuarta. Entrada en vigor de los mínimos por descendientes.
Disposición final cuarta del Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado. · BOCM-m-2010-90068
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-26.
Texto consolidado
Los mínimos por descendientes contemplados en el artículo 2 de esta Ley entrarán en vigor cuando lo haga la Ley de Régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad de Madrid y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión, si bien surtirán efectos desde 1 de enero de 2010.
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