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Real Decreto Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única del Real Decreto 611/2026, de 22 de julio, de impulso a la descarbonización del sector del transporte y fomento de los combustibles renovables, y por el que se modifican diversos reales decretos en la materia. · BOE-A-2026-16011

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-24.

Texto consolidado

1. A partir del 1 de enero de 2027, se deroga el Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes, excepto sus disposiciones adicionales cuarta, quinta, sexta, octava y novena y su disposición final tercera, que seguirán vigentes hasta su aprobación en el reglamento correspondiente, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente real decreto.

2. A partir del 31 de diciembre de 2027, se deroga el Real Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecen métodos de cálculo y requisitos de información en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte; se modifica el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo; y se establece un objetivo indicativo de venta o consumo de biocarburantes avanzados.

3. Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-07-24.

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