El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación normativa y vigencias.

Disposición derogatoria única de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra. · BOE-A-2007-8581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

Texto consolidado

Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

La Ley Foral 11/1986, de 10 de octubre, de defensa de las Carreteras de Navarra.

El Decreto Foral 239/1986, de 13 de noviembre, por el que se clasifican las carreteras de Navarra a efectos de aplicación de las distancias establecidas en la Ley Foral 11/1986, de 10 de octubre, de defensa de las Carreteras de Navarra.

El Acuerdo de la Diputación Foral, de 15 de mayo de 1968, por el que se regula la recepción por la Diputación de las carreteras cedidas por los Ayuntamientos y Concejos.

El Acuerdo de la Diputación Foral, de 23 de febrero de 1973, por el que se regula la recepción por la Diputación de las carreteras cedidas por los Ayuntamientos y Concejos.

Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley Foral.

En lo que no se opongan a la presente Ley Foral se mantienen en vigor:

El Decreto Foral 130/1995, de 5 de junio, por el que se regula la instalación de estaciones de servicio en las vías de comunicación de la Comunidad Foral de Navarra.

El Decreto Foral 154/1999, de 10 de mayo, por el que se regulan las travesías pertenecientes a la Red de Carreteras de Navarra y el procedimiento para sus obras de reforma.

La Orden Foral 2015/1999, de 20 de mayo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que determinan los conceptos constructivos y los porcentajes financiables por parte del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones en las obras de acondicionamiento y mejora de las travesías locales de la Red de Carreteras de Navarra.

La Orden Foral 787/2001, de 10 de septiembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba la «Normativa Técnica para la instalación de Pasos Peatonales Sobreelevados (Ralentizadores de Velocidad) en las travesías de la Red de Carreteras de Navarra» y las condiciones de su autorización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

Más artículos de Ley Foral 5/2007

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 5/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.