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Ley Vigente

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-2849

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-19.

Texto consolidado

1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en todo aquello que sean contrarias o se opongan a lo dispuesto en la presente ley.

2. En particular, se derogan expresamente las siguientes disposiciones normativas:

a) La Ley 6/1985, de 13 de noviembre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) El Decreto 104/1986, de 23 de septiembre, de aprobación del Reglamento para la aplicación de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, salvo las cuestiones procedimentales reguladas en los artículos 119 a 128 para las enajenaciones de inmuebles mediante concurrencia pública, que permanecerán vigentes en todo aquello que no contradigan a lo previsto en esta ley, hasta la entrada en vigor de las normas que puedan dictarse en su desarrollo sobre dichos procedimientos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-19.

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