Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única de la Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi. · BOE-A-2011-17405
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-18.
Texto consolidado
Quedan expresamente derogados el capítulo III del título IV de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, su disposición adicional tercera y cuantas disposiciones de igual o inferior rango contravengan lo dispuesto en la presente ley.