Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única de la Ley 3/2001, de 31 de mayo, del Consejo Consultivo de La Rioja. · BOE-A-2001-11815
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-22.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de rango legal o reglamentario se opongan a lo dispuesto en la presente Ley y, en especial, los artículos 97 a 102 de la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la disposición transitoria de la Ley 10/1995, de 29 de diciembre, modificadora de la legislación de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de Tasas, Régimen Jurídico y Local y Función Pública.